Legislación local castiga más el abigeato que el abuso sexual
Aguascalientes, Diciembre 23 (2013).- La diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Lourdes Dávila Castañeda, a nombre de la fracción parlamentaria de su instituto político y del Partido Verde Ecologista, presentó esta mañana una iniciativa de ley para modificar el código penal y sancionar con mayor severidad a los responsables de cometer delitos de carácter sexual.
La representante popular, manifestó que la propuesta legislativa se presenta después de que en la entidad, por increíble que parezca, es más penado el robo de ganado que los casos de violación, de ahí su interés por llevar los castigos a un rango más ejemplar de tal suerte que los enfermos sexuales se la piensen antes de cometer un atropello como lo es abusar sexualmente de un ser humano.
“Luego de diversas reuniones y encuentros con sectores preocupados por el tema, ciudadanos que demandan sanciones ejemplares en contra de quienes someten en contra de su voluntad a alguien, hemos preparado esta iniciativa para modificar la legislación penal sobre el tema en cuestión”, declaró la legisladora del tricolor.
Agregó que la propuesta, la cual espera sea votada favorablemente por el pleno lo antes posible, es una iniciativa de reforma al código penal en sus artículos 122 y 123 con la intención de aumentar las penas pero también las multas, ya que actualmente es irrisorio que se condene más el abigeato, que el abuso sexual.
“Lo que buscamos es protección a través de la ley, ajustar las penas y multas para abuso sexual y abuso sexual equiparado, en el caso de menores de doce años por su vulnerabilidad y sobre todo cuando se usa la fuerza pública o psicológica, la propuesta es pasar de 120 a 240 días de salario mínimo y de 150 a 250 cuando se trate de una violación con violencia física o moral”.
En la actualidad agregó, Dávila Castañeda, se castiga de 3 a 8 años cárcel por abuso sexual misma pena para el caso de abuso sexual equiparable, la intención es que pase de 5 a 10 y de 7 a 14 años en el caso de violación equiparada, para así, homologar la legislación local con la federal, estableció la asambleísta.
Finalizó manifestando que existen conductas que no generan un daño tan grave y que son sancionadas con mayor severidad. Por ejemplo, los delitos patrimoniales, el robo calificado, el abuso de confianza y el fraude, estos tres últimos si la afectación patrimonial es mayor a trescientas veces el salario mínimo general vigente en el Estado, es decir, $18,414.00 (dieciocho mil cuatrocientos catorce pesos 00/100 M.N.).